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Un juez exhibió las deficiencias de la FGR en la primera solicitud de orden de aprehensión sobre "huachicol" fiscal
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Un juez federal exhibió las deficiencias de la Fiscalía General de la República en la primera solicitud de orden de aprehensión que presentó en contra de 23 personas acusadas de formar parte de un esquema de «huachicol» fiscal.
En su resolución del 22 de junio pasado, el juez consideró que la FGR no argumentó cómo es que los hechos derivados de su investigación corresponden a los delitos de delincuencia organizada, delitos cometidos en materia de hidrocarburos y contrabando.
Mario Elizondo Martinez, juez de distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio en el Estado de México adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México con residencia en Almoloya de Juárez, negó la orden de aprehensión a la FGR el 22 de junio, pero semanas más tarde la FGR presentó una nueva solicitud donde se incluyó al exgobernador de oposición Ernesto Ruffo Appel y una jueza de guardia la concedió.
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En la negativa de junio, el juez Elizondo dijo que “…se advierte su falta de argumentación en la petición de orden de aprehensión”.
“La representación social se debió encargar de justificar con datos de prueba y argumentos que detalle expresamente en su solicitud con cada una de las características citadas, por el contrario se avocó a exponer un resumen sobre la forma en que se configuraban los ilícitos”, señaló el juez.
En el caso de Armando III Riestra, uno de los acusados de contrabando, entre otros cargos, el juez exhibió que el ministerio público ni siquiera lo menciona como persona física en la denuncia.
La FGR informó que tenía un oficio del 16 de junio, donde el director general de Investigación Aduanera de la Agencia Nacional de Aduanas de México, Isaac Alejo Hernández, denunció por contrabando a las empresas Ingemar, Crimson Hidrocarburos y Derivados, Servicios Aduanales JR y Servicios Portuarios.
Pero el juez señaló que el funcionario no tiene las facultades para denunciar el delito. En todo caso, expuso, corresponde a la Dirección General Jurídica de Aduanas o a las Direcciones de lo Contencioso y Amparos, quienes sí pueden formular denuncias y declaratorias de que el fisco federal haya sufrido perjuicio por el posible delito de contrabando.
El juez hizo énfasis en que sólo puede tomar en cuenta lo expuesto por el Agente del Ministerio Público de la Federación.
“La emisión de una orden de aprehensión no se trata de un acto automático que deba emitirse con base en la sola existencia de una petición para ello” y no es adecuado que el ministerio público se limite a transcribir datos de prueba sin realizar un análisis para acreditar que se cumplen con los requisitos para liberar la orden de aprehensión, destacó el juez.
La FGR no expresó “argumentos útiles para confrontar los hechos atribuidos y las conductas descritas como delictivas en los delitos penales correspondientes DANDO LUGAR A SOSTENER QUE NO SE ESTABLECIÓ LA RELACIÓN DE LOS HECHOS QUE ATRIBUYE SUSTENTÁNDOLO DE FORMA PRECISA EN LOS REGISTROS CORRESPONDIENTES”, argumentó en su resolución del 22 de junio pasado.
Semanas después, la FGR presentó una nueva solicitud en la que ahora incluyó entre 25 acusados a Ernesto Ruffo Appel, exgobernador de oposición en Baja California y una persona más.
La nueva versión tiene 465 páginas, 23 más que en la anterior y 96 numerales considerados datos de prueba, 13 más que en la primera. En esta ocasión, la jueza que se encontraba de guardia otorgó la orden de aprehensión el 14 de julio.
“La petición ministerial que se atiende plantea todos los elementos indispensables para resolver lo conducente”, consideró Alejandra Ramírez de la Vega, Jueza de Distrito Especializada en el Sistema Penal Acusatorio, elegida en las pasadas elecciones por voto directo y quien se encontraba de guardia.
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Flávio Bolsonaro partió de Argentina hacia Ecuador en vuelo privado; gobierno argentino afirma que ingresó sin impedimento legal
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Buenos Aires.- El excandidato presidencial brasileño Flávio Bolsonaro y su familia ingresaron el martes por la noche a Argentina tras huir de Brasil y abordaron un avión privado con destino a Ecuador, informó la madrugada de este miércoles el gobierno argentino.
Bolsonaro, que perdió las presidenciales contra Lula da Silva el domingo, cruzó la frontera terrestre con Argentina «con documentación hábil de viaje sin ningún impedimento legal» a las 22:50 del martes, según un comunicado en X de la Dirección Nacional de Migraciones argentina.
Bolsonaro, su mujer y sus dos hijas abordaron a las 23:30 «un vuelo privado despachado por la compañía Baires Fly S.A con destino a la ciudad de Guayaquil, Ecuador», según la misma fuente.
El destino final sería Estados Unidos, donde el gobierno de Donald Trump le otorgaría asilo político, reportó el diario argentino La Nación. Consultado por el paradero de Bolsonaro, el presidente de Estados Unidos dijo desconocerlo en la noche del martes, aunque deslizó “realmente no sé dónde está, pero escuché que estaba en Argentina”.
También se declaró dispuesto a darles visa estadounidense, al señalar que son «buenas personas» e insistir en sus sospechas sobre los resultados de las elecciones brasileñas.
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Abaten a Jesús ‘Chuy’ González, operador del Cártel de Sinaloa por quien la DEA ofrecía 5 mdd
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Jesús ‘Chuy’ González, operador del Cártel de Sinaloa y por quien Estados Unidos ofrecía 5 millones de dólares, fue abatido por elementos de la Marina tras un enfrentamiento en Guasave, Sinaloa, el lunes 26 de octubre.
El abatimiento del ‘Chuy’ ocurrió en la localidad de Siete Ejidos, tras un enfrentamiento que duró horas, de acuerdo con medios locales de Sinaloa como Ríodoce.
Jeús González Peñuelas estaba prófugo de la justicia y era uno de los narcotraficantes más buscados por la DEA, que lo señalaba por delitos como liderar una organización independiente de producción y distribución de drogas desde al menos 2007.
De acuerdo con autoridades estadounidenses, ‘Chuy’ González no solo mantenía relación con el Cártel de Sinaloa, sino que tenía vínculo con otros cárteles como Fausto Isidro Meza Flores, el ‘Chapo Isidro’, y Rafael Caro Quintero.
Jesús ‘Chuy’ González ocurrieron durante la tarde del lunes, cuando elementos de las fuerzas federales, presuntamente, iniciaron una persecución de civiles armados en las inmediaciones de Estación Bamoa. La movilización se extendió por caminos rurales hasta llegar a la zona de Estación Capomas y comunidades cercanas a Siete Ejidos.
En el despliegue participaron elementos de seguridad por tierra y aire, con apoyo de un helicóptero, mientras las corporaciones mantenían bajo resguardo distintos puntos de la región.
Como parte de las acciones, también trascendió el aseguramiento de cuatro vehículos: una camioneta RAM gris, una Ford Raptor gris y dos unidades Jeep negras.
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‘Lo mío es tuyo y lo tuyo es mío’: Pareja podrá reclamar propiedades compradas antes del matrimonio
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció ayer, con carácter de jurisprudencia, que, tras el divorcio, los integrantes de un matrimonio tienen derecho sobre propiedades adquiridas a crédito previo al enlace nupcial por bienes separados.
A propuesta de la ministra Yasmín Esquivel y por unanimidad de votos, ministros y ministras dijeron que con esta decisión se reconoce la labor de cuidado y trabajo doméstico que desempeña uno integrante del matrimonio.
Explicaron que el trabajo doméstico es generador de riqueza al facilitar al otro que se desarrolle profesionalmente, que tenga un ingreso económico fijo para mantener el hogar y generar un patrimonio.
¿Cómo se calcula la compensación económica tras un divorcio?
Agregaron que esta compensación económica busca resarcir el desequilibrio patrimonial asociado a la distribución de las tareas de cuidado, pues quien dedicó mayor tiempo al hogar puede enfrentar menores oportunidades de desarrollo profesional, obtención de ingresos y formación de un patrimonio propio.
¿Qué determinó la SCJN sobre los bienes adquiridos a crédito antes del matrimonio?
Ministros y ministras precisaron que su resolutivo no modifica la titularidad del bien ni las obligaciones del financiamiento, ni convierte la propiedad individual en un patrimonio común, pues la autoridad judicial deberá verificar si se cumple con todos los requisitos. “Es un reconocimiento al valor económico de las labores de cuidado y crianza”, dijo el ministro Giovanni Figueroa.
La decisión se tomó al resolver una contradicción de criterios de dos tribunales, uno de Veracruz y otro de Aguascalientes. Dos mujeres reclamaron una parte proporcional de un inmueble adquirido por la persona con la que contrajeron matrimonio, de la cual se separaron posteriormente.
Un tribunal le negó el derecho de compensación en relación con el inmueble; otro tribunal dijo que la persona querellante sí tenía derecho sobre la propiedad en forma proporcional al monto cubierto durante el tiempo que duró el matrimonio. La contradicción llegó a la SCJN donde se resolvió el criterio que debe prevalecer con carácter de jurisprudencia, es decir, es obligatorio para todos los jueces del país.
En otros temas, ministros y ministras reafirmaron la protección de niñas víctimas de violencia sexual al negar el amparo a una mujer indígena que, junto con su pareja, vejaron a sus hijos y para evadir la responsabilidad penal alegó que el juicio no cumplió con la perspectiva de género e interculturalidad.
Y en otro caso la SCJN determinó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sí puede actuar legalmente en representación de la Secretaría de Hacienda para impugnar resoluciones por la no vinculación a proceso de personas acusadas por contrabando.



