Nacionales
Corte prohíbe a empresas de seguridad privada usar términos «policía» o «agente»; busca evitar confusión con fuerzas públicas
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la prohibición a que empresas de seguridad privada utilicen nombres o palabras que puedan confundirse con aquellas que emplean las instituciones de seguridad pública o las Fuerzas Armadas, como “policía”, “agente”, “investigador” o “federal”, entre otras.
El proyecto, bajo la ponencia de Hugo Aguilar Ortiz, fue presentado en la sesión del Pleno de ayer por Lenia Batres Guadarrama, quien provisionalmente presidió el Alto Tribunal ante la ausencia del ministro presidente.
La autoproclamada “ministra del Pueblo” explicó que el asunto se originó porque una empresa solicitó autorización para prestar servicios de seguridad privada, misma que le fue negada por incluir en su nombre el término “fuerzas especiales”.
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La Dirección General de Seguridad Privada de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) negó esta petición y advirtió que emplear las palabras “fuerzas especiales” podía generar confusión con aquellas utilizadas por instituciones públicas.
En contra de la negativa, la empresa promovió un juicio de amparo en el que alegó la inconstitucionalidad del artículo 32, fracción VIII, de la Ley Federal de Seguridad Privada, bajo el argumento de que vulneraba los principios de seguridad jurídica y taxatividad.
De acuerdo con el reclamo, la ley contenía expresiones ambiguas, como la frase “que pudieran causar confusión”. Sin embargo, el juzgado de Distrito no conoció el fondo del asunto, por considerar que no se expusieron razones suficientes.
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El proyecto de Aguilar Ortiz niega el amparo a la parte quejosa y sostiene que la norma reclamada es suficientemente clara, ya que permite que el destinatario identifique que no puede utilizar en su denominación colores o insignias que puedan confundirse con los que usan los cuerpos de seguridad pública.

La ministra Lenia Batres Guadarrama durante sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 21 de enero de 2026. Foto: Daniel Augusto/ Cuartoscuro
Por unanimidad, el pleno del Máximo Tribunal determinó que la disposición no viola la Constitución Política Federal, debido a que su propósito es claro: evitar que la ciudadanía confunda servicios de seguridad privada con los elementos estatales, nacionales o extranjeros.
En ese sentido, se reconoció que las frases “que pudieran causar confusión” o “cualquier otra similar”, presentes en la ley reclamada, no vulneran de ninguna manera la seguridad jurídica.
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Tras este fallo de la Suprema Corte, la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien apenas ayer se reincorporó al pleno tras pedir licencia por razones médicas, explicó en sus redes sociales que las empresas privadas no pueden presentarse ante la ciudadanía como si fueran autoridades del Estado.
“Aunque colaboren en tareas de seguridad, no forman parte de instituciones oficiales. La seguridad jurídica implica que las personas sepan con claridad quién ejerce funciones de autoridad y quién no”, indicó.

em/apr
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Abaten a Jesús ‘Chuy’ González, operador del Cártel de Sinaloa por quien la DEA ofrecía 5 mdd
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Jesús ‘Chuy’ González, operador del Cártel de Sinaloa y por quien Estados Unidos ofrecía 5 millones de dólares, fue abatido por elementos de la Marina tras un enfrentamiento en Guasave, Sinaloa, el lunes 26 de octubre.
El abatimiento del ‘Chuy’ ocurrió en la localidad de Siete Ejidos, tras un enfrentamiento que duró horas, de acuerdo con medios locales de Sinaloa como Ríodoce.
Jeús González Peñuelas estaba prófugo de la justicia y era uno de los narcotraficantes más buscados por la DEA, que lo señalaba por delitos como liderar una organización independiente de producción y distribución de drogas desde al menos 2007.
De acuerdo con autoridades estadounidenses, ‘Chuy’ González no solo mantenía relación con el Cártel de Sinaloa, sino que tenía vínculo con otros cárteles como Fausto Isidro Meza Flores, el ‘Chapo Isidro’, y Rafael Caro Quintero.
Jesús ‘Chuy’ González ocurrieron durante la tarde del lunes, cuando elementos de las fuerzas federales, presuntamente, iniciaron una persecución de civiles armados en las inmediaciones de Estación Bamoa. La movilización se extendió por caminos rurales hasta llegar a la zona de Estación Capomas y comunidades cercanas a Siete Ejidos.
En el despliegue participaron elementos de seguridad por tierra y aire, con apoyo de un helicóptero, mientras las corporaciones mantenían bajo resguardo distintos puntos de la región.
Como parte de las acciones, también trascendió el aseguramiento de cuatro vehículos: una camioneta RAM gris, una Ford Raptor gris y dos unidades Jeep negras.
Nacionales
Contralor del INE comparecerá este viernes ante diputados, informan; se espera presencia de los integrantes de la ASF
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El titular del Órgano Interno de Control (OIC) del Instituto Nacional Electoral (INE), Víctor Hugo Carvente Contreras, comparecerá este viernes ante diputadas y diputados federales.
Lo hará ante los integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
De acuerdo con la convocatoria que comenzó a circular la noche de este martes, la rendición de cuentas será el próximo viernes a las 9 horas en formato presencial en el salón protocolo del edificio C.
El Presidente de la comisión de Transparencia, Ricardo Mejía Berdeja, envío el oficio a las y los integrantes de la comisión para informar que dicho órgano estará presente en calidad de invitados, motivo por el que les solicitó estar presentes.
La comparecencia del contralor fue aprobada la mañana de este martes por las y los integrantes de la Junta de Coordinación Política (Jucopo).
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‘Lo mío es tuyo y lo tuyo es mío’: Pareja podrá reclamar propiedades compradas antes del matrimonio
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció ayer, con carácter de jurisprudencia, que, tras el divorcio, los integrantes de un matrimonio tienen derecho sobre propiedades adquiridas a crédito previo al enlace nupcial por bienes separados.
A propuesta de la ministra Yasmín Esquivel y por unanimidad de votos, ministros y ministras dijeron que con esta decisión se reconoce la labor de cuidado y trabajo doméstico que desempeña uno integrante del matrimonio.
Explicaron que el trabajo doméstico es generador de riqueza al facilitar al otro que se desarrolle profesionalmente, que tenga un ingreso económico fijo para mantener el hogar y generar un patrimonio.
¿Cómo se calcula la compensación económica tras un divorcio?
Agregaron que esta compensación económica busca resarcir el desequilibrio patrimonial asociado a la distribución de las tareas de cuidado, pues quien dedicó mayor tiempo al hogar puede enfrentar menores oportunidades de desarrollo profesional, obtención de ingresos y formación de un patrimonio propio.
¿Qué determinó la SCJN sobre los bienes adquiridos a crédito antes del matrimonio?
Ministros y ministras precisaron que su resolutivo no modifica la titularidad del bien ni las obligaciones del financiamiento, ni convierte la propiedad individual en un patrimonio común, pues la autoridad judicial deberá verificar si se cumple con todos los requisitos. “Es un reconocimiento al valor económico de las labores de cuidado y crianza”, dijo el ministro Giovanni Figueroa.
La decisión se tomó al resolver una contradicción de criterios de dos tribunales, uno de Veracruz y otro de Aguascalientes. Dos mujeres reclamaron una parte proporcional de un inmueble adquirido por la persona con la que contrajeron matrimonio, de la cual se separaron posteriormente.
Un tribunal le negó el derecho de compensación en relación con el inmueble; otro tribunal dijo que la persona querellante sí tenía derecho sobre la propiedad en forma proporcional al monto cubierto durante el tiempo que duró el matrimonio. La contradicción llegó a la SCJN donde se resolvió el criterio que debe prevalecer con carácter de jurisprudencia, es decir, es obligatorio para todos los jueces del país.
En otros temas, ministros y ministras reafirmaron la protección de niñas víctimas de violencia sexual al negar el amparo a una mujer indígena que, junto con su pareja, vejaron a sus hijos y para evadir la responsabilidad penal alegó que el juicio no cumplió con la perspectiva de género e interculturalidad.
Y en otro caso la SCJN determinó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sí puede actuar legalmente en representación de la Secretaría de Hacienda para impugnar resoluciones por la no vinculación a proceso de personas acusadas por contrabando.




